viernes, 22 de febrero de 2008

¡Todo es anticonstitucional!





Escribe el Dr. Arturo Ribeiro Paz

Constitucionalista Salvaje y Escritor de Cartas a los Diarios

todoesanticonstitucional@ubbi.com


Sr. Director:


Hace poco, haciendo uso de mis derechos de ciudadano en democracia, tuve la oportunidad de ir al cine. La película era sobre el fantasma de una nena que salía por los agujeritos del tomacorriente, pero eso no importa. Como suele acostumbrarse en este tipo de eventos, compré una bolsa grande de maníes para mí y una de papas fritas para mi seÑora; sólo que, apalando a mi conciencia de consumidor, la compré en el kiosco de la esquina del cine.


Grande fue mi consternación cuando el hombre de la entrada me seÑaló un cartel que rezaba que .no se puede ingresar con alimentos que no hayan sido adquiridos en el cine..


Por supuesto, pedí hablar con el gerente, siendo remitido a lo más parecido a este cargo, el .boletero senior., un joven que no pasaba de los 22 aÑos. Protesté enérgicamente, explicándole en mi condición de Cons-ti-tu-cio-na-lis-ta, que la medida que el local estaba intentando implementar era AN-TI-CONS-TI-TU-CIO-NAL, ya que vulneraba el art. 42 de la Constitución (“todo ciudadano tiene derecho, en relación al consumo, a la libre elección”). El joven balbuceó unas palabras a uno de sus subalternos y se nos permitió el ingreso.


Sin embargo, a pesar de esta breve lección de civilismo, nuestras penurias no terminaron ahí; el boletero, entonces, nos exigió las entradas, que (haciendo uso otra vez del art. 42 de la Constitución, aunque un poco preocupados por miedo de que se gaste) nos negamos a comprar, por ser ésta muy cara; el .funcionario., en una muestra de autoritarismo, manifestó algo sorprendido que entonces no podríamos entrar. Le expliqué -a esta altura algo agriamente- que esto era AN-TI-CONS-TI-TU-CIO-NAL, ya que estaba en contra del art. 14 (todo ciudadano tiene derecho al libre tránsito por el territorio argentino); mientras el joven fingía no entenderme, le pregunté no sin ironía si el cine estaba ubicado en otro territorio; consideré su tartamudeo como un .no. y nos mandamos al interior del cine.


Pero la ausencia de civilismo y civismo se encontraba también entre los espectadores; Una joven pareja educada en el autoritarismo, de esas que creen que .democracia. es una bailanta, se negó a darnos sus asientos, que tenían una ubicación bastante acorde a nuestros deseos; tuve que explicarles que, ellos también, estaban violando el art. 14, al no dejarnos transitar sobre sus asientos y el art. 42, ya que vulneraba nuestro derecho a proteger nuestra salud (porque si nos sentábamos más adelante nos iba a joder la vista). Por último, violaban el art. 19, que reza que .Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados.. Intentaron aducir que estábamos .perjudicando a un tercero., es decir, a ellos -que por cierto en realidad eran un tercero y un cuarto- pero debí explicarles que nosotros éramos tan terceros como ellos (.todos los ciudadanos son iguales ante la ley.).


Sin embargo .luego de que la parejita se retirara llorando-, nuestras penurias no terminaron ahí: un seÑor mayor, que cargaba con los peores resabios de nuestro pasado reciente, se quejó amargamente de que le tiráramos cáscaras de maní en la nuca (la película tardaba mucho en arrancar), violando el art. 14 que ampara el derecho de disponer libremente de nuestra propiedad (en este caso, las cáscaras de maní) e intentó arrebatarnos la bolsa. Tuve que explicarle que nos amparaba el art. 17 de la CONS-TI-TU-CIóN, que reza que .la propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella., mientras seguíamos tirándole las cáscaras en la cara.


Al rato, demostrando su falta de civilismo y civilizacionismo, volvió junto al joven .boletero senior” y un guardia de seguridad del complejo cinematográfico; despachamos fácilmente a este último ya que según el art. 22, .toda fuerza armada o reunión de personas que se atribuya los derechos del pueblo y peticione a nombre de éste, comete delito de sedición.. No contentos con interrumpirnos una vez la película, bastante bodria y por cierto no muy constitucional, volvieron al rato, esta vez con un Agente de la Policía; llenos de indignación, le preguntamos al Policía por qué no estaba, en su condición de representante del Gobierno Federal, fomentando la inmigración europea (en una clara violación del art. 25, que dice que .el Gobierno federal fomentará la inmigración europea.). Contestó algo confundido que estaba tramitando la ciuidadanía italiana. Le advertimos además que el art. 12 reza que .Los buques destinados de una provincia a otra, no serán obligados a entrar, anclar y pagar derechos por causa de tránsito. (por las dudas, porque tengo un velero).


El colmo del incivilismo fue cuando se retiraron a conferenciar (el autoritario anciano estaba al borde del colapso ante la indecisión del boletero senior y los dos representantes de las fuerzas represivas); estallé enfurecido, clamando que la Constitución dice muy claramente que .el pueblo no delibera ni gobierna. (art. 22), y vaciando el resto de la bolsa de maníes en la cara del supervsor (art. 14) nos retiramos, pateando carteles de películas (arts. 17 y 18) y putiando (arts. 34, 56, 78, 102, y 952).


Por todo esto, además de hacer pública esta denuncia en todos los medios, ya hemos radicado una denuncia penal en Blockbuster, no estoy seguro de si esto es correcto, pero yo de lo que sé es de Constitución, a mí me venís con cosas de leyes de otros temas y un poco que patino.


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